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sábado, 20 de septiembre de 2008

Arrestos en Cilleros

18 de septiembre de 2008.

Este día tuvo lugar una actuación de la Guardia Civil donde se localizo un huerto con una plantación de un total de 38 plantas de “cannabis sátiva”, con un peso cercano a los 18000 gramos, procediéndose a la detención del propietario, como presunto autor de un delito contra la salud pública

viernes, 19 de septiembre de 2008

parque eólico “Santa Olalla” (Electra de Malvana, S.A)

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico “Santa Olalla”, en los términos municipales de Cilleros, Hoyos, Villamiel y Perales del Puerto. Expte.: GE-M/342/07-2. (2008062722)

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Santa Olalla” (Expte.: GE-M/342/07-2), en los términos municipales de Cilleros, Hoyos, Villamiel y Perales del Puerto (Cáceres), promovido por la empresa Electra de Malvana, S.A., resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. A la vista del informe urbanístico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del
Territorio, se concluye que parte del proyecto resulta inviable por ser incompatible con el
régimen de protección. En concreto, en el municipio de Cilleros, en el SNU-7, el uso estaría expresamente prohibido, no pudiendo autorizarse en modo alguno los aerogeneradores
números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 22, 23, 24 y 25.
3. A la vista del informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural se establecerá una
zona exenta de instalaciones y movimientos de tierra en un radio de acción de 200 m con centro en las coordenadas del yacimiento “Nuestra Señora de la Peña” (UTM Huso 29; ED-50; x: 693732.24; y: 4445219.01). Ello implicaría que no podrá implantarse el aerogenerador número 22.

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Aquí os dejamos donde irán los molinos aprobados

La ubicación de los molinos es por cortesía de Antonio Mateos

parque eolico santa olalla elect. malvana

parque eólico “Santa Olalla”, (Energías Especiales de Extremadura, S.L.)

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación
y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de parque eólico “Santa Olalla”, en los términos municipales de
Cilleros, Hoyos y Villamiel. Expte.: GE-M/341/07-7. (2008062721)

……….

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Santa Olalla” (Expte.: GE-M/341/07-7), en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Villamiel (Cáceres), promovido por la empresa Energías Especiales de Extremadura, S.L. resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. A la vista del informe urbanístico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, se concluye que parte del proyecto resulta inviable por ser incompatible
con el régimen de protección. En concreto, en el municipio de Cilleros, en el S.N.U.7, el
uso estaría expresamente prohibido, no pudiendo autorizarse en modo alguno los aerogeneradores con número 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.

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Aun no tenemos la imagen de este parque que se corresponde con el plano 59 de la Junta de Extremadura

Ya tenemos imagen del parque:

parque eolico Santa Olalla (Energias especiales de extremadura)

parque eólico “Santa Olalla” (Generación Eólica Extremeña, S.L.)

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación
y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de parque eólico “Santa Olalla”, en los términos municipales de
Cilleros, Hoyos y Villamiel. Expte.: GE-M/334/07-5. (2008062720)

……………..

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Santa Olalla” (Expte.: GE-M/334/07-5), en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Villamiel (Cáceres), promovido por la empresa Generación Eólica Extremeña, S.L. resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. A la vista del informe urbanístico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, se concluye que parte del proyecto resulta inviable por ser incompatible
con el régimen de protección. En concreto, en el municipio de Cilleros, en el S.N.U.7, el
uso estaría expresamente prohibido, no pudiendo autorizarse en modo alguno los aerogeneradores números 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16.

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Aun no tenemos la imagen de este parque que se corresponde con el plano 41 de la Junta de Extremadura

Ya tenemos el plano de este parque:

parque eolico Santa Olalla (GE-M-334-07-5)

parque eólico “Campillo”

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico “Campillo”, en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Perales del Puerto.
Expte.: GE-M/345/07-2. (2008062692)

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Campillo” (Expte.: GE-M/345/07-2), en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Perales del Puerto (Cáceres), promovido por la empresa Infraestructuras Energéticas y Medioambientales Extremeñas, S.L. resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. A la vista del informe urbanístico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, se concluye que parte del proyecto resulta inviable por ser incompatible
con el régimen de protección. En concreto, en el municipio de Cilleros, en el S.N.U.-7,
el uso estaría expresamente prohibido, no pudiendo autorizarse en modo alguno los
aerogeneradores número 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.

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Aquí os dejamos donde irán los molinos aprobados (en este caso son todos)

La ubicación de los molinos es por cortesía de Antonio Mateos

parque eolico campillo

parque eólico “Campete”,

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación
y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de parque eólico “Campete”, en los términos municipales de
Cilleros y Villamiel. Expte.: GE-M/345/07-5. (2008062690)

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Campete” (Expte.: GE-M/345/07-5), en los términos municipales de Cilleros y Villamiel (Cáceres), promovido por la empresa Infraestructuras Energéticas y Medioambientales, S.L., resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. Se deberán aprovechar los caminos circundantes a los aerogeneradores a10, a11 y a13,
dispuestos según las curvas de nivel, en lugar de abrir accesos completamente nuevos.
En el caso del aerogenerador a6, se aprovechará el camino ya existente al norte del
mismo. El trazado del vial de servicio desde el aerogenerador a4 al a3, se realizará a
través del camino existente. En la construcción de los viales de acceso a los aerogeneradores a8 y a12, se buscará el trazado que exija una menor corta de arbolado.

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Aquí os dejamos donde irán los molinos aprobados (en este caso son todos)

La ubicación de los molinos es por cortesía de Antonio Mateos

parque eolico campete

Parque Eólico “Santa Olalla” Eólicos de Extremadura

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación
y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental
del proyecto de parque eólico “Santa Olalla”, en los términos municipales de
Cilleros, Hoyos y Villamiel. Expte.: GE-M/331/07-2. (2008062717)

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Santa Olalla” (Expte.: GE-M/331/07-2), en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Villamiel (Cáceres), promovido por la empresa Parques Eólicos de Extremadura, S.A., resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. A la vista del informe urbanístico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, se concluye que parte del proyecto resulta inviable por ser incompatible
con el régimen de protección. En concreto, en el municipio de Cilleros, en el S.N.U.7, el
uso estaría expresamente prohibido, no pudiendo autorizarse en modo alguno los aerogeneradores con número 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24,
25 y 26.
Lunes, 15 de septiembre de 2008

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Aquí os dejamos donde irán los molinos aprobados

La ubicación de los molinos es por cortesía de Antonio Mateos

parque eolico santa olalla elect. Extremadura

Ubicación definitiva de los Molinos (por ahora)

Ya tenemos la ubicación de los molinos según se ha publicado en el DOE Nº 178 con fecha del 15 de Septiembre.

Primero os dejamos una imagen general para que os ubiquéis.

parques eolicos cilleros - todos

La ubicación de los molinos es por cortesía de Antonio Mateos

En siguiente entradas os iremos dejando cada parque de forma mas detallada.

Luz verde a dos tramos más de la autovía Navalmoral-Portugal

Fuente: El periódico de Extremadura.

La construcción de dos tramos más de la autovía EX-A1, Navalmoral de la Mata- Portugal, en concreto los de El Batán-Coria y Coria-Moraleja, tienen ya luz verde, al haberse hecho efectiva por la Junta de Extremadura la adjudicación de ambas obras por un importe global de unos 76 millones de euros. El plazo de ejecución será de 35 meses, lo que significa que en poco menos de tres años esta conexión norte con Portugal tendrá otros 20 kilómetros de autovía, aproximadamente los mismos que suponen el tramo Moraleja- Monfortiño.

El Diario Oficial de Extremadura publicó ayer las dos resoluciones por las que se hacen públicas las adjudicaciones de los concursos abiertos para la contratación de las obras de construcción de los citados tramos de la autovía autonómica.

(Seguir Leyendo)

Nota: en breve toda la información sobre los molinos

sábado, 13 de septiembre de 2008

Después de más de cincuenta años, un joven cillerano será ordenado sacerdote

Fuente: Diario Hoy

Después de más de 50 años vuelve a ondear la bandera en la torre campanario anunciando que un hijo de la localidad es ordenado sacerdote y será visible desde todo el término. Igualmente otra más pequeña lo hará en lo alto de la hornacina de la ermita de Navelonga.
La ordenación de Juan Pedro Pascual Suárez tendrá lugar el próximo día 14, en la concatedral de Santa María de Cáceres, a las seis de la tarde, y su primera misa será el día 15, lunes, en la ermita de Nuestra Señora de Navelonga, patrona de la villa cillerana, a las 12 horas.
El próximo día 14 se trasladará un número elevado de personas a Cáceres para acompañar en su ordenación a este hijo del pueblo y después de más de cincuenta años Cilleros contará con un sacerdote.

jueves, 4 de septiembre de 2008

Plataforma en Sierra de Gata contra los parques eólicos

Fuente: Diario Hoy

Un veintena de personas reunidas anteayer en Santibáñez el Alto decidieron crear una plataforma para luchar contra la instalación de parques de energía eólica en la Sierra de Gata; en esta comarca están previstos cinco con un total de 45 molinos.
Los reunidos citaron la necesidad de movilizaciones y actividades, y hablaron de poner mesas informativas en todos los mercadillos de la comarca e incluso la posibilidad de promover el cierre durante un fin de semana de todo el sector turístico y de hostelería, o lo contrario, hacer una invitación general a visitar Gata.
Van a estudiar también la presentación de algún recurso legal.

(Seguir Leyendo)

Nota: No olvidéis leer los comentarios a la noticia (original) algunos son muy interesantes