RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2008, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de parque eólico “Campillo”, en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Perales del Puerto.
Expte.: GE-M/345/07-2. (2008062692)
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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
A los solos efectos ambientales y en orden a la adecuada protección del medio ambiente y
los recursos naturales, el proyecto Parque Eólico “Campillo” (Expte.: GE-M/345/07-2), en los términos municipales de Cilleros, Hoyos y Perales del Puerto (Cáceres), promovido por la empresa Infraestructuras Energéticas y Medioambientales Extremeñas, S.L. resulta compatible y viable, siempre que se cumpla el condicionado incluido en la presente declaración.
I. Condiciones de carácter general:
1. Serán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en la documentación presentada, siempre que no sean contradictorias con las primeras.
2. A la vista del informe urbanístico de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, se concluye que parte del proyecto resulta inviable por ser incompatible
con el régimen de protección. En concreto, en el municipio de Cilleros, en el S.N.U.-7,
el uso estaría expresamente prohibido, no pudiendo autorizarse en modo alguno los
aerogeneradores número 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
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Aquí os dejamos donde irán los molinos aprobados (en este caso son todos)
La ubicación de los molinos es por cortesía de Antonio Mateos
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